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En estos momentos, cuando las noticias que hablan de ayuda son casi tan reconfortantes como la propia ayuda, se han producido algunas novedades acerca de las patentes relacionadas con el Covid-19 que han revivido el debate sobre las herramientas legales que atañen al uso de las patentes en caso de emergencia sanitaria.
Estas reservas legales suelen ser consideradas por los legisladores, y la actual Ley Nacional de Patentes 24/2015 contiene referencias implícitas y explícitas acerca de las actuaciones que se pueden llevar a cabo en estas circunstancias.
Las licencias obligatorias son la herramienta más adecuada para enfrentar estos casos. Los titulares de una patente tienen el derecho a negociar licencias sobre su contenido, pero existen algunos casos en los que los gobiernos pueden obligarles a acordar licencias obligatorias a quien lo requiera.
El Art. 91 de la Ley 24/2015 menciona algunos supuestos en los que se debería acordar una licencia obligatoria. El párrafo d) menciona la presencia de «motivos de interés público» mientras que el párrafo e) habla de la «fabricación de productos farmacéuticos destinados a la exportación a países con problemas de salud pública». Sin embargo, es el Art. 95 el que trata más explícitamente con las emergencias sanitarias: «el Gobierno podrá someter, en cualquier momento, una solicitud de patente o una patente ya otorgada, al régimen de licencias obligatorias cuando la iniciación, el incremento o la generalización de la explotación del invento, o la mejora de las condiciones en que tal explotación se realiza, sean de primordial importancia para la salud pública o para la defensa nacional». Hasta la fecha de publicación de este artículo, no nos consta que el Gobierno haya hecho uso de esta cláusula. ¿Deberían?
Por su parte, la UE tiene sus propias herramientas legales destinadas a aliviar las situaciones críticas provocadas por las emergencias sanitarias. Tal y como ha sido anunciado por la Comisión Europea (aquí la nota en inglés), el Comité Europeo para la Estandarización (CEN) y el Comité Europeo para la Estandarización Electrotécnica (CENELEC) se han puesto de acuerdo para liberar el contenido de algunos estándares europeos para ciertos dispositivos médicos y equipamiento de protección personal, de modo que cualquier compañía pueda comenzar a fabricar estos productos sin mediar una contraprestación económica a los titulares de las patentes. Estos derechos de patentes (mal llamados «copyright médico») conceden a sus titulares, como cualquier otro derecho de patente, la potestad para impedir que terceras partes puedan reproducir las invenciones descritas en ellas, que en este caso se refieren a los estándares arriba indicados. De acuerdo con esta nota, «esta acción ayudará tanto a compañías de la UE como a empresas de terceros países que estén dispuestos a fabricar estos productos a empezar de manera inmediata la producción y colocación de los mismos en el mercado internacional de manera más sencilla mientras se asegura un alto grado de seguridad»
Sin embargo, hay maneras diferentes de lidiar con este problema global. De acuerdo con algunas noticias, un grupo de investigadores han conseguido fabricar por su propia cuenta respiradores para ayudar a los hospitales italianos a enfrentarse al mayor problema sanitario en muchos años. No contactaron con el titular de la patente (ni esperaron a que el gobierno decidiera suspender los derechos que emanan de las mismas), sino que desarrollaron por su propia cuenta una versión en impresora 3D del respirador. En una posición diametralmente opuesta encontramos a los trolls de patentes, que ni siquiera en estos tiempos se conceden un descanso. Como puede verse en alguna noticia (aquí en inglés), una empresa fantasma llamada Labrador Diagnosis ha demandado a una compañía que realizaba tests del Covid19 por infringir unas patentes cuyos derechos le pertenecen. Sin entrar en el contenido y veracidad completa de la noticia, parece una decisión al menos bastante cuestionable.
Está fuera de toda duda el hecho de que una patente es necesaria para proporcionar a sus solicitantes con la posibilidad de obtener el beneficio económico necesario para proseguir con su esfuerzo investigador, incluso aunque este esfuerzo investigador esté dirigido a encontrar el remedio a una enfermedad que se extiende, de manera letal, a lo largo y ancho del mundo. Estos medicamentos conllevan un proceso de desarrollo que tiene el mismo coste que los convencionales, y sería utópico esperar que las compañías farmacéuticas lo asumieran de manera gratuita. Sin embargo, las licencias suponen un intento de solución que podría satisfacer a ambas partes, sin dejar a las compañías sin el dinero necesario para continuar con su labor ni dejar a la sociedad con la solución a una emergencia de salud pública.