09/01/2024 | Patentes,Propiedad Intelectual

La Oficina Europea de Patentes (EPO) revoca la patente de la vacuna de ARNm de Moderna

En diciembre de 2019, la ciudad china de Wuhan descubrió los primeros casos de un tipo de neumonía desconocida causada por el virus SARS-CoV-2. Pronto, la enfermedad, conocida como COVID-19 por las palabras «corona», «virus» y “disease”, se extendió por todo el mundo con las consecuencias que ya todos conocemos. 

El 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró una emergencia de salud pública de extensión internacional. Afortunadamente, el 5 de mayo de 2023 la OMS dio por superada la emergencia y, actualmente, la COVID-19 se ha convertido en una enfermedad endémica por el descenso de casos reportados. 

Durante las primeras etapas, y con la pandemia extendiéndose rápidamente por el mundo, encontrar una vacuna eficaz contra el virus se convirtió en una prioridad. Empresas como Pfizer, Moderna, Janssen y Astrazeneca-Oxford iniciaron una carrera para conseguir sacar la primera vacuna al mercado. Y lo consiguieron en tiempo récord. La vacunación contra el SARS-CoV-2 comenzó en diciembre de 2020 en España, un año después de producirse los primeros casos en China.

Sin embargo, la competición entre Pfizer y Moderna, los grandes protagonistas de la carrera por acaparar el mercado de vacunas basadas en las tecnologías de ARNm, ha llegado a los tribunales. En agosto de 2022, Moderna demandó por presunta infracción a Pfizer y BioNTech por su vacuna Comirnaty. En esta demanda de infracción, Moderna solicitaba daños y perjuicios. Poco después, Pfizer y BioNTech se opusieron en septiembre de 2022 a la concesión de dos patentes de Moderna.

Hoy hablamos precisamente del conflicto entre Pfizer y Moderna por la vacuna ya que, recientemente, la Oficina Europea de Patentes (EPO) ha revocado la patente de Moderna EP3718565B1, referida a una vacuna de ARN mensajero de un betacoronavirus, por adición de materia. En esta decisión, la EPO entiende que la combinación de todas las características de la materia reivindicada no se deriva directa e inequívocamente del contenido de la solicitud original. Es decir, la combinación de la selección de virus, la selección de ARNm, la composición específica de nanopartículas lipídicas, la presencia de colesterol y la presencia de la proteína S (o la subunidad S1 o la subunidad S2) no tiene base en la solicitud original. Moderna ha anunciado que recurrirá la decisión.

Por su parte, el juicio por infracción de las patentes de Moderna está previsto para abril de 2024. Sin embargo, tras la resolución de la EPO que declara inválida la patente EP3718565B1 todo queda en el aire. Según expertos, el juicio podría llegar a declararse nulo si la decisión de la EPO es firme. Por lo tanto, cabe la posibilidad de que el conflicto quede en stand by hasta que la EPO emita una resolución final, en vista del anunciado recurso de Moderna.

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